Conocido ya el DNU que aprueba el convenio con el FMI corresponde ver más en detalle su contenido, que tiene tanto partes correctas como equivocadas para sus dos objetivos básicos: que el gobierno pague parte de la deuda en dólares que tiene con el Banco Central y la deuda con el mismo Fondo.
En cuanto al pasivo local, durante el kirchnerismo el gobierno le pedía prestado al Central y entregaba títulos intransferibles. Es decir, imposibles de comercializar. Así, el gobierno redujo la capacidad de maniobra del BCRA porque al pedir dólares bajaban las reservas y el Banco no podía atender operaciones de comercio exterior ni moderar movimientos del mercado cambiario al tener menos divisas y no poder usar los títulos en su lugar. Al 7 de diciembre de 2023 las letras registradas como intransferibles representaban un 29 por ciento del activo del Banco y el total de papeles del gobierno un 60 por ciento. O sea, una capacidad de operación muy débil que podría mejorar si cobrara la deuda dolarizada.
Al respecto debe aclararse que las obligaciones del PEN con el Central no son deuda consigo mismo. El BCRA es estatal pero no es parte del gobierno. Por ejemplo, tendría poco sentido que Economía tome un crédito para cancelar una deuda con Relaciones Exteriores porque en realidad el “préstamo” inicial hubiera sido sólo una reasignación dentro del gobierno. Sin embargo, si tras el primer cambio de destino luego los ingresos no alcanzaran para restituir a la Cancillería los fondos originales se explicaría que el gobierno (no Economía) tome deuda nueva. Con el Central el caso es más claro porque el gobierno y el Banco son entes diferentes, personas jurídicas diferentes.
Este uso del crédito del Fondo más su aplicación para cancelar la deuda anterior con el organismo, un típico roll over, consolidarían las reservas del BCRA porque el gobierno le entregaría dólares al Banco y además no los sacaría al comprárselos para pagar aquella deuda. Por supuesto, es de esperarse que cuando haya que comenzar a pagar este nuevo crédito no haya tanta fragilidad cambiaria.
El refuerzo a las reservas es necesario para liberar los movimientos con moneda extranjera. ¿Por qué habría que hacerlo? Como un elemento más para atraer inversiones. De poco sirven los negocios con buenas perspectivas de ganancias si quien podría emprenderlos fuera una empresa extranjera a la que, sin embargo, se le pondrían trabas para sacar la parte de los beneficios que quisiera. Algo lógico. Los inversionistas quieren libertad para disponer de su dinero, no importa su nacionalidad. Si aplican su esfuerzo y capacidad y ponen en riesgo sus recursos es para ganar, no para hacer caridad. ¿Y la reinversión? Primero, si el negocio no tiene futuro no se reinvierte, si lo tiene sí. Pasa en todo el mundo, con todos los empresarios de todos los sectores. Segundo, no habrá reinversión si no hay negocio en qué reinvertir porque no se lo crea al impedirse retirar la ganancia.
Y dada la historia argentina, por más claro que el gobierno pinte el futuro no debería descartarse que eliminar el cepo produzca un salto en la cotización, que será más pequeño y pasajero cuanto más sólido sea el balance del Banco Central. Por otra parte, está el riesgo latente de las utilidades de empresas extranjeras no giradas al exterior que podrían agregar una demanda por dólares relevante para un salto del tipo de cambio. En consecuencia, no debería extrañar un fin del cepo desde cierta fecha en adelante pero no para atrás. Los flujos atrasados podrían autorizarse de manera paulatina.
Ahora, salvo el para qué y algunas condiciones sobre los plazos de devolución (bastante holgados) el DNU no da muchos detalles y eso es una falla. Todo acuerdo con el FMI contiene condiciones, si bien mucho más flexibles que antes de la crisis de 2001, pero el decreto no las menciona. ¿Está el Fondo conforme con el rumbo general de la economía y no pide nada adicional? ¿Alcanza con las facultades delegadas en la ley Bases? El gobierno argumenta en los considerandos del DNU que no corresponde que el Congreso apruebe eso y cita declaraciones de varios diputados durante el debate por el acuerdo del año 2022 cuando dijeron que al parlamento no le corresponde aprobar planes económicos. Sin embargo, están equivocados. Un plan económico se conforma de política fiscal, monetaria, regulatoria y más, y las decisiones al respecto son atribución del Congreso que a veces ejerce por leyes específicas y otras con el Presupuesto. En este caso en particular, además, variables típicas de los acuerdos como metas fiscales y monetarias o política cambiaria no sólo requieren herramientas dictadas por el Congreso sino que son parte de los costos del acuerdo y sirven para evaluarlo. No alcanza con resumir sus beneficios.
De hecho, ni siquiera figura el monto comprometido, algo que es básico. Puede deducirse sumando la deuda que faltaba pagar más los títulos intransferibles a rescatar. Por ejemplo, las letras tienen un valor nominal por unos 70.000 millones de dólares, de los que vencen este año 10.000 millones. Pero por el método de valuación del BCRA serían 23.000 millones y 3.000 millones, respectivamente. Por lo tanto, pagar las de este año (como dice el DNU) significa cambiar de acreedor pero también reducir la deuda pública en alrededor de 7.000 millones de dólares. Pero, ¿por qué no dar números en el decreto? Es difícil pedir que se apruebe un crédito sin saber por cuánto es.
Hay que sanear el BCRA, sí, pero tal como está, el DNU pide apostar por la prudencia del gobierno. Es posible aprobarlo porque es mejor que nada, pero entonces el PEN debería aceptar un escrutinio mayor por parte del Congreso, atendiendo sin quejarse pedidos de informes e interpelaciones. Junto a un uso responsable de entes como el Banco Central, la información y los controles también son una exigencia de la economía seria.